divendres, 2 de setembre del 2011

Antropología jurídica (IV): Ley y religión. Fustel de Coulanges, griegos y romanos...

Fustel De Coulanges[1] nos habla sobre estos aspectos en el contexto de Grecia y Roma. Dice que para los antiguos el carácter y virtud de la religión eran un conjunto de pequeñas creencias, prácticas, ritos minuciosos, de los cuales no se requería el sentido, no se reflexionaba y se aceptaba de manera inconsciente; así, no tenía el mismo sentido que hoy en día para nosotros. Lo importante eran las prácticas, que constituían aquello obligatorio e imperioso, una cadena que tenía el hombre esclavizado; estaba gobernado por ella, le tenía miedo, y no osaba razonarla, discutirla. Dioses, héroes, muertos, exigían de aquellos hombres un culto material y pagaba su deuda para que fuesen sus amigos y para que no fuesen sus enemigos. En recuerdos y tradiciones descansaba su culto; por este motivo la historia tenía más importancia para los antiguos que para nosotros. El uso de los libros sagrados era universal entre griegos, romanos y etruscos. Junto con los anales, había documentos escritos y auténticos, una tradición oral que se perpetuaba en el pueblo de cada ciudad; formaba parte del culto y estaba compuesto de relatos y cantos que se repetían cada año en las fiestas de la religión.
Entre los griegos y los romanos, así como entre hindús, al principio la ley formó parte de la religión, siendo los antiguos códigos de las ciudades un conjunto de ritos, prescripciones litúrgicas, oraciones, al mismo tiempo que disposiciones legislativas. las reglas del derecho de propiedad y del derecho de sucesión se encontraban entre las que tenían que ver con los sacrificios, la sepultura y el culto de los muertos. En Roma no se podía ser buen pontífice si se desconocía el derecho y, a la inversa, no se podía conocer el derecho si se ignoraba la religión; por este hecho, los pontífices fueron durante mucho tiempo los únicos jurisconsultos y casi todo estaba sometido a las decisiones de estos sacerdotes; ellos solos eran jueces competentes en infinito número de procesos. Así, los mismos hombres eran pontífices y jurisconsultos porque el derecho y la religión formaban una misma cosa. Por otro lado, en Atenas el primer arconte y el rey tenían casi las mismas atribuciones judiciales que el pontífice romano, ya que la misión del primero era velar por la perpetuidad de los cultos domésticos, y el rey, similar al Pontífice de Roma, tenía la dirección suprema de la religión de la ciudad. En definitiva, el arconte juzgaba en todos los debates pertenecientes al derecho familiar y el rey en los delitos que se referían a la religión.


[1] 1984, pp.182-187 i pp. 199-205.

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