dijous, 23 de juny del 2011

Antropologia jurídica (II): Basadre, Kohler...

En 1861, señala Basadre, Bachofen, magistrado suizo, publicaba El matriarcado; en esta obra descubrió un tipo de organización familiar que era diferente de los sistemas romano y germánico, por el hecho de conceder una importancia preponderante a la maternidad; pero la influencia de la obra de este autor no se notó hasta después de la aparición de la obra de Spencer, Tylor, Lubbock, MacLennan y Morgan, los cuales actuaban bajo el evolucionismo de Darwin[1]. De estos autores nombrados, influyeron directamente en el derecho las obras de MacLennan y Mogan, el primero con la publicación de Studies in Ancient History, en 1876, donde hablaba de la importancia de la exogamia y la endogamia, del matrimonio por captura y compra en relación con el patriarcado, de los clanes y del totemismo; el segundo con La sociedad Primitiva (1877), donde acentuó la importancia de las relaciones humanas, no desde la perspectiva individual sino de grupos, clases y generaciones.
Por otro lado, Basadre señala dos autores más: Post i Kohler[2]. El primeo llamaba “jurisprudencia etnológica” la ciencia general del Derecho Comparado; es una rama de la etnología general y una ciencia empírica inductiva, donde sus materiales son las costumbres y las leyes de todos los pueblos y su objeto es la determinación de las causas sociales generales de la evolución del derecho. A este autor no le interesaban los fenómenos aislados o individuales de carácter jurídico, sino el conjunto de los fenómenos jurídicos, el campo social del derecho. Su sistema se hundió al comprobarse la existencia de una evolución divergente en los pueblos; además, no había sometido su material a una previa valoración crítica, y el método comparativo aislado era insuficiente, aparte de que necesitaba el apoyo de otros métodos, como el histórico. A pesar de todo, abrió un camino al enlazar las instituciones jurídicas a las de tipos de organización social, al determinar los paralelismos que el derecho de todos los pueblos presenta y al buscar las líneas generales que presiden el desarrollo del derecho. Después de mucho tiempo, el jurista Wilutzki continuó su ejemplo con Prehistoria del Derecho (1903, Berlín).
El otro autor, Kohler, se interesó en el estudio del Código de Hammurabi, de las costumbres jurídicas de la India y de las australianas, aztecas, incas y mahometanas; escribió también un trabajo sobre Shakespeare ante la jurisprudencia y una historia primitiva del matrimonio. Quiso verificar el estudio y comprobación de la filosofía jurídica con la colaboración de la historia. Al igual que F. Berolzheimer (1869-1920), estudiar el derecho considerándolo como un fenómeno de cultura y como una fuerza que actúa en la evolución cultural, reaccionando contra el positivismo y el realismo (hegeliano); derecho como fenómeno relativo a la civilización, a la época y lugar correspondientes. El derecho no sólo es un objetivo de la civilización, sino que es un producto de la civilización, verlo en el pasado como un producto de la civilización, en el presente como un medio de mantener la civilización, y en el futuro como un medio de extenderla.  



[1] íd, p. 18.
[2] íd. pp. 19-21.

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