Malinowski señala el aspecto legal de la relación matrimonial, de la cooperación en la pesca, de intercambio de comida entre poblados costeros y de tierra adentro, y de ciertos deberes ceremoniales de manifestación de duelo. En todas las relaciones sociales y en diferentes dominios de la vida de la tribu se puede descubrir el mismo mecanismo legal, que coloca las obligaciones vinculantes en una categoría especial que las separa de los otros tipos de reglas consuetudinarias. El no cumplir las obligaciones económicas pone a un hombre en posición intolerable; y si lo hace con retraso o de manera deficiente, lo cubre de oprobio. Así, si un hombre desobedece persistentemente las reglas de la ley en sus tratos económicos, se encontraría pronto excluido del orden social y económico. Por otro lado, la magia es una institución pública. Los actos religiosos tienen también un lado legal, y se puede ver en los actos mortuorios. Con todo, la estructura de la sociedad trobriandesa está fundada en el principio de estatus legal; incluso el jefe está ligado por rigurosos vínculos legales. En cuanto a las reglas, son obedecidas porque su utilidad práctica ha sido reconocida por la razón y testimoniada por la experiencia; otras instrucciones se obedecen porque los que se apartan de ellas se sienten ridículos y extraños a los ojos de los otros. También hay normas que pertenecen a cosas sagradas e importantes, como las reglas de los ritos mágicos, entre otras. Por una gran fuerza moral se mantienen ciertas reglas de conducta personal. Y aparte de las reglas de la ley, hay otros tipos de normas y mandamientos tradicionales que están respaldados por motivos principalmente psicológicos o, en todo caso, diferentes de aquellos que son característicos de la ley en aquella colectividad[1]. Referente al tópico de la “atmósfera de terror” que se vive en las sociedades “primitivas”, no hay tal, excepto muy pocas reglas excepcionales y sagradas de ritual y de religión. El “derecho civil”, la ley positiva que gobierna todas las fases de la vida de la tribu, consiste en un cuerpo de obligaciones forzosas, justas para unos y como un deber para otros, el cumplimiento del cual se asegura por un mecanismo específico de reciprocidad y publicidad inherentes a la estructura de la sociedad. El “derecho” y los “fenómenos jurídicos” no constituyen fenómenos independientes. Hay unos dispositivos que comportan vínculos especiales, aunque no son exclusivamente jurídicos; “kayasa” es una especie de contrato ceremonial; el “kaytapaku” es la protección mágica de la propiedad por medio de maldiciones condicionales; y el “kaytubutabu” es una especie de magia practicada sobre todos los cocoteros de una colectividad para inducir su fertilidad, sobre todo cuando se aproxima una fiesta.
[1] Cabe señalar que esto es diferente a lo que se ha dicho antes, cuando ha sido citado Fustel de Coulanges.
Cap comentari:
Publica un comentari a l'entrada